La sentencia AEYI

Un Juez Desestima la Demanda por Uso Indebido del Término "Iyengar"

  • Una sentencia reconoce el derecho a usar el término “Iyengar” por ser necesario para denominar a un estilo de yoga
  • Cualquier profesor o centro especializado en este estilo podrá utilizar libremente el término sin necesidad de autorización ni pago
  • No existe “uso indebido” del término Iyengar por parte de los demandados

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid desestima la demanda interpuesta por la Asociación Española de Yoga Iyengar (AEYI) contra la Asociación Internacional de Profesores de Yoga Sananda (AIPYS), Yoga Center Madrid S.L., y contra D. Ramón Clares por supuesto uso indebido de la marca “Iyengar” y crea precedente para que cualquier persona física o jurídica pueda usar el término “iyengar” en ámbitos formativos y educativos.

La sentencia surge a raíz de una demanda presentada el 7 de diciembre de 2016 por parte de la AEYI contra la Asociación Internacional de Profesores de Yoga Sananda AIPYS, Yoga Center Madrid S.L., y contra Ramón Clares por supuesto uso indebido de la marca “Iyengar” para ofrecer clases, talleres, intensivos y cursos de formación de instructores y de profesores de yoga.

La demanda llevó a las partes a un juicio celebrado el pasado 9 de enero de 2018, publicándose la sentencia el 22 de marzo de 2018, en la que el juez reconoce el derecho de los demandados de utilizar, sin tener que pedir autorización ni abonar cantidad alguna, el término “iyengar” en el marco de acciones formativas y análogas. El juez ha considerado que el uso que la parte demandada hacía del término “iyengar" para dar talleres, clases y formar en este estilo de yoga, no era ilícito ni infringía los derechos de la AEYI.

Como consecuencia del fallo del tribunal, se ha sentado precedente y ahora cualquier profesor o centro de yoga podrá hacer uso del término “iyengar” sin necesidad de pedir autorización a la AEYI ni, por tanto, abonarle cantidad alguna.

Tras esta sentencia, la Asociación Internacional de Profesores de Yoga Sananda AIPYS, Yoga Center Madrid S.L., y Ramón Clares van a continuar utilizando este término para describir uno de los estilos de yoga que ofrecen en sus clases y programas de formación. Asimismo, los instructores y profesores formados en este centro podrán seguir haciendo uso del término “iyengar” sin temor a ser demandados.

Ver aqui, La Sentencia Entera